REGLAMENTOS DE PRÉSTAMOS: NORMAS Y PROCEDIMIENTOS

Generalidades

 ​Solo se permitirá al socio obtener un tipo de préstamo a la vez, excepto en aquellos casos que la garantía sea certificados financieros, líneas de créditos, créditos especiales, Coop-Educativo Escolar, y préstamos de aportaciones.

 ​Todo préstamo estará amparado por un contrato donde se establecerán todas las condiciones del mismo.

 Todo socio que sea llevado al Departamento Legal perderá su derecho a realizar otro préstamo antes de haber transcurrido un año del cumplimiento de su obligación con la empresa, a no ser de sus propias aportaciones, salvo que esto sea aprobado por el Comité Ejecutivo, previa recomendación de la Gerencia y/o Departamento de Créditos y Cobranzas.

Factores Determinantes para la Aprobación de su Préstamo

  • Capacidad de pago del solicitante.
  •  Estabilidad laboral
  •  Historial crediticio (interno y externo)
  •  Garantía
  •  Disponibilidad de la Cooperativa.

 

Área geográfica

 Este reglamento de préstamo sólo aplica para garantías ubicadas en la provincia de Santo Domingo.

Monto máximo a prestar

RD$25,000,000.00.
El Consejo de Administración Central podrá conceder préstamos por encima del máximo contemplado en el reglamento vigente, a aquellos socios que demuestren capacidad de pago, garantías sustentables, consistencia como ahorrantes, buen historial de pago en préstamos anteriores, entre otros; todo esto directamente relacionado con la disponibilidad de efectivo de la Cooperativa en el momento.

Garantías

  •  Las aportaciones libres del socio (90%).
  •  Certificados Financieros (90%).
  •  Solidaria (fiador)
  •  Franjas de transporte público de Santiago
  •  Matrículas de vehículo
  •  Hipotecaria (1er. y 2do. rango en la Cooperativa).
  •  Otro socio (50% de acciones libres de socio garante).

Intereses por préstamos

Las tasas de interés asignadas por calificación y/o tipo de préstamos, serán aplicadas acorde a las políticas de crédito vigente, determinadas por las Resoluciones del Consejo de Administración Central.

De la mora

A partir del cumplimiento de la cuota de pago (30 días), se concederán 5 días para el pago de cuota (capital e interés). Si el pago no se efectúa dentro de ese plazo, se hará un cargo por mora a razón del 3% mensual a la cuota de capital, desde el día de vencimiento.